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La Junta autoriza una segunda excepción en la aplicación de la PAC por la sequía al amparo de normativa de la UE

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha tomado conocimiento de la resolución de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, que establece nuevas medidas excepcionales para el seguimiento, gestión y control de la Política Agraria Común (PAC) debido a la sequía. Estas medidas buscan flexibilizar ciertos requisitos y condiciones para acceder a las subvenciones y cumplir los compromisos de la PAC.

Esta segunda flexibilización, que se aplica tanto a la condicionalidad como a los ecorregímenes, se ha adoptado tras la circular del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) del 25 de mayo. La sequía prolongada ha dificultado el cumplimiento de requisitos por parte de los beneficiarios de las ayudas, por lo que estas medidas buscan paliar esa situación.

Esta nueva resolución complementa la primera flexibilización que se realizó en octubre de 2022 y se centra en la campaña de 2023, abarcando las ocho provincias de Andalucía.

Entre las medidas adoptadas se encuentran la flexibilización de los requisitos para considerar a un agricultor como activo en aquellos casos en los que las explotaciones no alcanzan el porcentaje de ingresos agrarios exigido del 25%. También se permitirá considerar los dos ejercicios fiscales anteriores.

En cuanto a los ecorregímenes, se establecen medidas relacionadas con el pastoreo extensivo, las islas de biodiversidad, la siega sostenible, la rotación con especies mejorantes, la siembra directa y los espacios de biodiversidad, así como las ayudas directas acopladas y los controles.

Estas medidas incluyen la reducción de la carga ganadera mínima en zonas de pastos mediterráneos afectadas por la sequía, la posibilidad de utilizar las franjas de protección de márgenes de ríos y las superficies no productivas para la siega o el pastoreo, y la flexibilización de los requisitos de los ecorregímenes, como la reducción del período de pastoreo y la disminución del porcentaje mínimo de superficie cultivada.

Además, se incrementa el porcentaje máximo de barbecho y se permite el pastoreo o la siega en cultivos mejorantes del suelo antes de la floración. En el caso del ecorregimen de biodiversidad, se permite el pastoreo y la siega en los barbechos y los márgenes de las islas de biodiversidad.

En resumen, estas medidas excepcionales buscan flexibilizar los requisitos de la PAC y adaptarlos a las circunstancias generadas por la sequía, con el objetivo de apoyar a los agricultores y mitigar los efectos de esta situación en el sector agrario.

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