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FACUA recuerda que el spam publicitario telefónico será ilegal a partir de hoy

A partir del 29 de junio, las llamadas comerciales no solicitadas ni consentidas expresamente por los usuarios serán ilegales, según lo establecido por el artículo 66.1 de la Ley General de Telecomunicaciones. Este artículo garantiza a los usuarios el derecho a no recibir comunicaciones comerciales no deseadas sin su consentimiento previo. Además, prohíbe recibir llamadas automáticas o mensajes de fax con fines comerciales sin consentimiento previo.

FACUA-Consumidores en Acción recuerda a los usuarios que, en caso de recibir llamadas de spam sin autorización, pueden presentar una denuncia ante la Agencia de Protección de Datos (AEPD), encargada de hacer cumplir esta normativa. La denuncia debe incluir la identificación de los presuntos responsables y cualquier evidencia o indicio. Si no se sabe qué empresa realizó la llamada, es suficiente con proporcionar el número de teléfono, la fecha y la hora de la llamada en un breve escrito dirigido a la Agencia. La denuncia se puede presentar de forma telemática.

La AEPD ha emitido una circular que aclara la obligación de las empresas de identificarse al inicio de la llamada, informar sobre su finalidad comercial y el derecho a oponerse a recibirlas. La falta de esta información también puede ser utilizada como base para una denuncia. Aunque no es necesario grabar la llamada, puede servir como evidencia adicional. Por otro lado, la AEPD destaca que el consentimiento para recibir llamadas de una empresa en particular no permite que otras del mismo grupo empresarial se pongan en contacto sin el consentimiento expreso del usuario.

En resumen, a partir de junio se prohíben las llamadas comerciales no autorizadas, y los usuarios pueden denunciar estas prácticas ante la AEPD. Las empresas deben identificarse y proporcionar información sobre la finalidad comercial de la llamada, y el consentimiento para una empresa específica no implica el consentimiento para otras del mismo grupo empresarial.

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