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Condenado tras acudir en moto a un cuartel de la Guardia Civil pese a tener retirado el carné

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia que condena a un hombre por un delito contra la seguridad del tráfico. El individuo acudió a un cuartel de la Guardia Civil en una moto para una consulta, a pesar de que le habían retirado el permiso de conducir años atrás.

La sentencia, emitida por la Sección Séptima de la Audiencia el 24 de marzo, aborda el recurso de apelación del acusado contra una sentencia previa del Juzgado de lo Penal número cinco de Sevilla que lo condenó a una multa por el delito contra la seguridad del tráfico.

Según los hechos probados, en octubre de 2010, la Jefatura Provincial de Tráfico declaró la pérdida de vigencia del permiso de conducir del acusado, y esta resolución fue notificada oficialmente el 22 de enero de 2011 a través del boletín oficial de la provincia de Sevilla.

En agosto de 2017, el acusado se desplazó hasta el cuartel de la Guardia Civil de Santiponce para realizar una consulta. El agente que lo atendió verificó que el acusado tenía prohibido conducir y se lo comunicó verbalmente. Aunque el acusado afirmó que no utilizaría la moto y se iría caminando, abandonó las instalaciones conduciendo la misma motocicleta.

En su apelación, el acusado argumentó que no se cumplieron los requisitos de notificación por parte de la administración en relación a la pérdida de vigencia del permiso de conducir. Sin embargo, la Audiencia de Sevilla señaló que se siguió el procedimiento administrativo correspondiente y que el acusado era consciente de la resolución y sus efectos.

La Audiencia destacó que los agentes de la Guardia Civil comunicaron de manera directa y clara al acusado la existencia de la resolución y sus efectos. A pesar de esto, el acusado decidió conducir la motocicleta, lo cual demuestra que no existía desconocimiento de la privación del derecho a conducir.

Por lo tanto, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla desestimó el recurso de apelación del acusado y confirmó plenamente la sentencia inicial condenatoria.

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