El Pleno de la Diputación de Sevilla ha aprobado este jueves por unanimidad adaptar el plan de medidas antifraude a la normativa estatal de 29 de septiembre de 2021, modificar la composición y las normas de funcionamiento del comité antifraude del organismo provincial y crear un «buzón antifraude» en el que poder hacer efectiva una denuncia ante las sospechas de un posible caso de fraude o corrupción.
Con los votos de todos los grupos políticos (PSOE, PP, Vox y Con Andalucía), el Pleno ha avalado encomendar al Área de Concertación y a la empresa provincial Inpro el diseño e implementación de un buzón antifraude y cambiar la composición del comité antifraude vigente según resolución del 9 de diciembre de 2022 de forma que este órgano estará ahora compuesto por un representante de la Secretaría General, de la Intervención de Fondos, de la Tesorería Provincial, del Servicio de Contratación y del Área de Presidencia o Concertación.
Este comité antifraude podrá contar con una asistencia técnica externa «cuando lo considere necesario para el mejor desarrollo de sus funciones, que deberá asistir a las sesiones del mismo con funciones de asesoramiento», se señala en la propuesta aprobada por el Pleno.
Según el texto acordado por el Pleno, habrá «al menos» una reunión al año de este comité para «conocer los asuntos que le son propios». Además de las reuniones ordinarias, podrá haberlas de carácter extraordinario «a inicitiva del presidente o cuando alguno de sus miembros así lo solicite». Igualmente, deberá reunirse con carácter extraordinario «cuando se formule denuncia de fraude, corrupción o conflicto de intereses a través de cualquiera de los cauces establecidos».
El comité «no podrá deliberar» sobre un asunto que no figure en el orden del día «salvo que estén presente la totalidad de los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría, decidiéndose en caso de empate por el voto de calidad del presidente». Los acuerdos del comité tendrán ser adoptados por mayoría simple, con el voto de calidad de la Presidencia en caso de empate.
En las actas deberán figurar los asistentes, los ausentes, el orden del día, las circunstancias de tiempo y lugar en que se haya celebrado la reunión, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. En el documento final, «figurará a solicitud del miembro que haya discrepado con la mayoría, el sentido de su voto y los motivos que lo justifican».