El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reducido de dos años y dos meses de cárcel a sólo dos años, la pena de cárcel impuesta por la Audiencia de Sevilla a un varón por un delito continuado de estafa cometido mediante la «contratación compulsiva» de decenas de líneas telefónicas, al apreciar la atenuante de dilaciones indebidas, dada la «dilación extraordinaria» de esta causa iniciada en 2016 y con juicio en 2021.
En una sentencia emitida el pasado 11 de enero y difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA, el Alto tribunal andaluz aborda un recurso de apelación de un varón, contra una sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla que le condena a dos años y dos meses de prisión y a indemnizar con 53.386 euros a Telefónica, por un delito continuado de estafa con la agravante de reincidencia.
Más al detalle, la Audiencia declaró probado que el acusado, Roberto A.R., era el administrador único de 17 sociedades, entre ellas las bautizadas como Aires de Libertad y Andaltour, siendo condenado por el Juzgado de lo Penal número cuatro por un delito de denuncia falsa tras denunciar «de forma engañosa» que una comercial de otra entidad había dado de alta a su nombre 31 líneas telefónicas con un cargo económico de 12.000 euros, cuando fueron líneas dadas de alta por él mismo.
Con 26 de esas 31 líneas, según la Audiencia, el acusado acometió una «contratación masiva de líneas» al pasarlas a otras entidades con las que tenía nexos, incluyendo «la entrega de móviles de alta gama de los que se apoderó y dispuso» gracias a «operaciones concertadas» con Telefónica, «sin intención de cumplir su contraprestación de los contratos, desentendiéndose del cumplimiento por esas otras entidades, de dudosa actividad o solvencia, de sus obligaciones para con Telefónica».
LLAMADAS A CUBA
Es más, según la Audiencia, «entre diciembre de 2014 y mayo de 2015 el acusado suscribió, como administrador de Andaltour Sevilla y con idéntica intención de no asumir los compromisos que tales contratos conllevaban, 54 líneas de telefonía con terminales de alta gama asociados, mediante cambio de titularidad, portabilidades y altas nuevas»; toda vez que desde seis de esas líneas, «procedentes cuatro de ellas de cambios de titularidad de líneas que habían sido antes de Aires de Libertad SL, se estuvieron realizando un elevado volumen de llamadas a Cuba y enviando mensajes cortos a Reino Unido generando un tráfico en itinerancia internacional», que hizo «saltar las alarmas en el sistema de monitorización de posibles fraudes de la compañía telefónica».
Aunque el inculpado recurrió dicha sentencia inicial condenatoria ante el TSJA, el Alto tribunal andaluz ha avalado «lo que para el tribunal de instancia se presenta como el objetivo de la compulsiva contratación de líneas por el acusado y su cesión más o menos inmediata a terceras empresas, pues permite descubrir que todo fue un fraude a la compañía Telefónica: la de hacerse a costa de ésta con un buen stock de terminales de alta gama a un precio irrisorio para disponer de ellos a placer, bajo la apariencia de una voluntad seria de contratar para el uso de las líneas telefónicas que llevaban asociados los terminales que realmente no existía, pues inmediatamente después se deshizo de la mayoría de las líneas cediéndolas a terceros, y no se pagaron las facturas ni los terminales, haciendo de todo esto un negocio».