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Feragua defiende ceder derechos entre concesionarios de agua para favorecer «un óptimo aprovechamiento» de los recursos

La Asociación de Comunidades de Regantes de Andalucía (Feragua) ha destacado este martes que la cesión de derechos de riego entre titulares es «una herramienta jurídica completamente legal» y favorece «un óptimo aprovechamiento» de los escasos recursos disponibles.

De esta manera y en un comunicado responde a las críticas de la Mesa Social del Agua de Andalucía, en la que se alertó de un «mercadeo» en la cesión de derechos.

Feragua ha apuntado que esta cesión de derechos viene recogida en el Texto Refundido de la Ley de Aguas y se ha contemplado de forma explícita en los decretos de sequía que se han publicado al amparo del artículo 58 del texto refundido de la Ley de Aguas, tanto de la demarcación hidrográfica del Guadalquivir como del resto de demarcaciones.

«Esta figura se ha venido utilizando de forma habitual en situaciones de sequía en los últimos 20 años y ha permitido un mejor aprovechamiento del agua de cientos de hectómetros cúbicos en España, a veces entre usuarios de una misma cuenca y otras veces entre usuarios de distintas cuencas», ha detallado.

Así, Feragua pone como ejemplo que más de 250 hm3 se han transferido del Tajo al Segura a través de esta figura desde 2006 hasta 2015. Entre comunidades del Guadalquivir y Aguas de Almanzora se han movilizado más de 60 hm3. Entre usuarios de la Demarcación del Segura se han cedido más de 65 hm3.

Además, apunta que estos acuerdos están abiertos a todos los usuarios y son autorizados por los respectivos organismos de cuenca, dentro de una misma cuenca, o por el Ministerio, en transacciones entre usuarios de distintas cuencas.

Feragua también ha indicado que las fuertes restricciones impuestas por la sequía en esta campaña de riego hacen que el agua que corresponde a algunos titulares les resulte insuficiente para sacar adelante sus cultivos. Sin embargo, advierten de que estos derechos sobre el agua pueden ser de «extraordinaria utilidad para otros».

«Para unos, como potenciales cedentes, y para otros, como potenciales cesionarios, la cesión de derechos aparece en esta coyuntura como una opción interesante y complemente legal para dar el mayor y el mejor uso posible a los escasos recursos disponibles», ha insistido.

Esa utilización «óptima» de los escasos recursos hídricos disponibles es, según Feragua, lo que demanda además el interés general del regadío y de las poblaciones que viven del mismo, así como el interés general de la sociedad, a la que el regadío aporta garantía y soberanía alimentaria, además de desarrollo económico y empleo.

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