El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación promovido por la sociedad Familia Ruiz Ávalo (Farusa), perteneciente al expresidente del Real Betis Balompié Manuel Ruiz de Lopera, contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que avala una resolución previa del Juzgado de lo Mercantil número uno, declarando la nulidad de la suscripción de 36.869 acciones de la entidad verdiblanca a favor de la mencionada empresa, durante la operación destinada a transformar el club en una sociedad anónima deportiva (SAD).
Así figura en una sentencia emitida el pasado 24 de octubre por la sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que desestima el recurso de casación de Farusa e impone a la citada entidad las costas del litigio y la pérdida del depósito constituido para su formulación.
Fue en septiembre de 2017 cuando el Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla decretó la nulidad de la suscripción en 1992 del 31 por ciento de las acciones del Real Betis en favor de Farusa, sociedad perteneciente a Lopera, extremo avalado en 2019 por la Sección Quinta de la Audiencia de Sevilla.