Tres años y nueve meses de cárcel por una agresión en una discoteca de Sevilla. Es la condena que ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a un hombre que fue localizado e identificado en la red social Facebook. Tanto la víctima como dos testigos dieron con el perfil del autor de los hechos y le reconocieron.
La sentencia del TSJA aborda el recurso de apelación que presentó el ahora condenado. Esta persona recibió una condena previa de la Audiencia de Sevilla. Además de la pena de cárcel, la sentencia incluye una indemnización de 3.540 euros a la víctima.
La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla declaró probado que Manuel Jesús B.G., de casi 40 años de edad, estrelló un vaso de cristal en la cara de la víctima. Posteriormente, huyó de la discoteca. Entre el herido y el agresor no medió ningún tipo de incidente ni discusión previa.
La víctima, por su parte, sufrió «múltiples heridas incisas faciales» que le provocaron varias cicatrices. No obstante, señala la sentencia que estas «resultan escasamente visibles» tras la cirugía reparadora y el periodo de cicatrización.
Por su parte, la defensa del inculpado admitía la presencia del condenado en la discoteca aquella noche. No obstante, negaba «la conducta que se le imputa». Asimismo, declaraba que el autor de los hechos se marchó del local antes de que se produjera el incidente.
Recurso de apelación ante el TSJA
En este sentido, la defensa destacó que «ni siquiera el denunciante fue capaz de reconocer a su agresor en Comisaría». Además, señala que se podía haber pedido el visionado de las cámaras de seguridad. Por otro lado, la defensa criticó que «la Policía se limitó a dar por bueno el reconocimiento que del acusado hizo el denunciante por sus fotografías en Facebook».
El TSJA, por su parte, señala en la sentencia que «la Audiencia funda su convicción sobre la autoría del acusado en la agresión en el reconocimiento que de su identidad hicieron la víctima y dos de sus acompañantes aquella noche». Gracias a un comentario en Facebook, el entorno de la víctima comenzó a indagar en esta red social hasta que dieron con el autor de los hechos. Una persona llegó a declarar que Manuel Jesús B.G. le confesó «que acababa de partirle a uno un vaso en la cara» cuando se marchaba del local.
Reconocimiento en el juicio
El TSJA explica que «la verdadera prueba de cargo es la testifical de la persona reconocedora en el acto del juicio oral sometida al interrogatorio cruzado de las partes, testigo que puede ratificar o no el resultado de la diligencia policial y la oportunidad de identificar al acusado presente». En este sentido, y gracias a la tecnología y el uso de las redes sociales, el entorno de la víctima inició la búsqueda en Facebook hasta que localizaron unas fotografías en el perfil de la página del sospechoso. En este momento, tuvieron la certeza de que era el acusado y no otro el agresor del vaso.
Este reconocimiento lo reiteró el denunciante en la Comisaría de Policía, donde le enseñaron una fotografía del sospechoso. Además, se reprodujo en el juicio oral tanto por el denunciante como por los testigos presenciales. Ello «adquiere un valor mutuamente corroborador que lo refuerza», concluye el TSJA.
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