La comisión ejecutiva de Emasesa ha aprobado este miércoles el paso de emergencia a alerta por sequía «a tenor del aumento de las reservas», lo que supone activar de nuevo el bando de alerta y «postergar las restricciones contempladas para antes del verano», como es el caso de la reducción de la presión nocturna. Emasesa emergencia sequía
Emasesa aprueba pasar de emergencia a alerta por sequía tras las últimas lluvias y subir a un 45% las reservas
«Gracias a las lluvias de enero y febrero, a inicio de marzo estaremos en una situación similar al año pasado, ya que hemos pasado de un 32 a un 45% y, por lo tanto, a estado de alerta», ha comentado Juan de la Rosa, delegado de Urbanismo y consejero de Emasesa en una nota de prensa.
A pesar de ello, De la Rosa ha recordado que «seguimos en una situación de escasez severa, por lo que es necesario mantener las medidas que promuevan una reducción del consumo y seguir esforzándonos en mejorar las infraestructuras para ser más eficientes y potenciar los tratamientos para potabilizar un agua de peor calidad».
En su opinión, «con estas últimas lluvias, las reservas están por encima de 280hm3, lo que en teoría nos llevaría a una situación de prealerta, pero hay que tener en cuenta las previsiones de los próximos meses, que indican que el sistema se mantendrá por encima de los 221hm3 hasta julio –cifra que marca la entrada en emergencia– como mínimo, en función de las lluvias que se puedan registrar esta primavera y que la prealerta no se mantendría más allá de mayo».
Por ello, De la Rosa ha subrayado que atendiendo a los principios de precaución, de coherencia en la gestión de la situación de escasez y de estabilidad en las medidas orientativas a la población, «no es recomendable declarar el estado de prealerta, ya que estaremos al menos cinco meses en situación de alerta».
Este protocolo de actuación para determinar la salida de los estados atiende a lo dispuesto en el último Plan de Emergencia ante Situación de Sequía de Emasesa, aprobado por el Consejo de Administración. De la Rosa ha destacado también el esfuerzo realizado por la población, que ha logrado reducir su consumo un 5,4% respecto a 2019 y situar el índice de consumo unitario doméstico en su «dato histórico más bajo, al alcanzar los 105,7 litros por habitante y día».
VUELTA AL ESTADO DE ALERTA
Con la vuelta al estado de alerta, se mantienen las medidas orientadas a la concienciación del consumo responsable y a la potenciación de los canales de atención al usuario por parte de Emasesa. De igual manera se pospondrá la implantación de medidas de obligación de ahorro del 10%, así como la reducción de presiones o las restricciones más severas a las actuales.
Para ello, será preciso publicar un nuevo bando que derogue el actual –vinculado a la situación de Emergencia– y que incluya exclusivamente las medidas de restricción a los usos no esenciales, así mismo, se solicitará la colaboración ciudadana para poder seguir manteniendo la reducción de consumo del 5% alcanzada durante el anterior periodo de alerta. NOTICIAS SEVILLA
Las restricciones contempladas en los bandos se amparan en la Ordenanza Municipal Reguladora de las Medidas Excepcionales Aplicables al Abastecimiento Domiciliario de Agua Potable como consecuencia de la Sequía, que permite la eliminación de los consumos de uso ornamental y recreativo y la definición de las posibles sanciones en caso de incumplimiento que pueden consultarse en las webs de los distintos municipios abastecidos por Emasesa.
PROHIBICIONES
El uso de agua potable está prohibido si se destina a riesgo de jardines, praderas, árboles, zonas verdes y deportivas en recintos públicos y privados; el riego o baldeo de viales, calles, sendas y aceras de carácter público o privado. Sin embargo, se excluye de la prohibición la limpieza de ventanas «cuando se realice de manera eficiente con agua de presión o cubo y esponja».
Asimismo, está prohibido usar agua potable para el llenado de piscinas, estanques y fuentes, privada o públicas, que no tengan funcionamiento un sistema de recuperación o circuito cerrado; también en piscinas desmontables o hinchables; en fuentes para consumo humano que no dispongan de elementos automáticos de cierre, y el lavado con manguera de toda clase de vehículos en instalaciones, privadas o públicas, no destinadas al lavado de vehículos.