El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo para las subvenciones de la denominada ‘cuota cero’ y las ayudas al inicio de actividad de los trabajadores por cuenta propia en Andalucía, un incentivo que puede alcanzar los 5.500 euros y que prioriza a las mujeres, a los jóvenes y a los emprendedores que inicien su actividad en pequeños municipios.
La consejera, Rocío Blanco, ha detallado que las ayudas van desde los 3.800 hasta los 5.500 euros, en función de los tramos de edad y que cuentan con 66,88 millones de euros de fondos del programa del Fondo Social Europeo PLUS y con fondos propios de la Junta del que se prevé que beneficien a más de 16.600 nuevos trabajadores autónomos, que podrán solicitarlas hasta el 30 de septiembre de 2024.
Blanco ha detallado que si las solicitantes de las ayudas son mujeres menores de 30 años u hombres menores de 35, la cantidad a percibir es de 5.000 euros, sin embargo, si son mujeres mayores de 30 y hombres mayores de 35 será de 3.800 euros. En el caso de personas que vivan en municipios de menos de 10.000 habitantes, la cantidad aumenta hasta los 5.000 y hasta los 5.500 en caso de que sean menores de 30 años.
La titular de Empleo ha subrayado que esta ayuda se puede contabilizar con la tarifa plana estatal y con la cuota cero, por lo que se puede llegar a recibir una ayuda de 6.500 euros con la que «comenzar a desarrollarse en el mundo del emprendimiento». Por su parte, la cuota cero es «una continuación» a la tarifa plana estatal, mediante la cual los autónomos podrán solicitar cobrar la ayuda que cubra los gastos del pago de la cuota que han abonado durante este ejercicio. Además, esta ayuda se prolongará un segundo año para los autónomos que no tengan ingresos superiores al salario mínimo interprofesional, son personas con discapacidad, o víctimas de violencia de género.
Los trabajadores autónomos que quieran solicitarla, además de estar dados de alta en el RETA, deben ser beneficiarios de la tarifa plana estatal y contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada a la fecha de presentación de la solicitud. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de máximo cuatro meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico único. Los autónomos podrán solicitar la subvención dos meses después de su alta en el RETA o en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar a partir de mañana.