La Archidiócesis de Sevilla ha impugnado las elecciones de la Hermandad de Los Panaderos celebradas el pasado 25 de Octubre y tendrá que volver a repetirlas por un error administrativo. Este error fue denunciado a Palacio por la candidatura perdedora por un solo voto de las pasadas elecciones, encabezada por Santiago Suero. admisión censo elecciones Panaderos
El comunicado que la candidatura de Santi Suero ha publicado en la mañana de hoy, ha aclarado el fundamento jurídico en el que se basa la resolución emitida el pasado 9 de enero por la Delegación Episcopal de Asuntos Jurídicos, cuestión compartida por la actual junta de gobierno en funciones. admisión censo elecciones Panaderos
En el punto 4 de esta resolución se indica que «En relación con este mismo asunto, esto es, la admisión a votar de un hermano no incluido en el censo, aparece en la revisión exhaustiva llevada a cabo con motivo de la impugnación una incidencia destacable. Efectivamente, repasadas tanto las listas de votación que el secretario de cada mesa electoral debía ir elaborando y las copias del censo electoral de cada uno de los interventores de cada mesa, se detecta que en la mesa denominada «a» votó (omitido dato personal) que ni aparece en las copias del censo de dicha mesa ni está señalado como una de las siete incidencias a la que se ha aludido en el punto uno de este decreto -estar anotado en la lista y no haber votado-. Quiere ello decir que fue admitido a votar un hermano que no estaba incluido en el censo, introduciéndose así una duda razonable sobre la certeza del resultado final.»
También la candidatura encabezada por Santiago Suero ha publicado el decreto completo que el Delegado de Asuntos Jurídicos de Hermandades y Cofradías manda a la corporación del Miércoles Santo para repetir los comicios. En dicho decreto se insta a la Junta de Gobierno a cumplir de manera diligente e íntegra con todo lo estipulado en las Normas Diocesanas y en las Reglas de la Hermandad que no hayan sido derogadas por las primeras, incluyendo lo relativo al voto por correo. Frente a esta resolución, es posible presentar un recurso ante el Ilmo. Sr. Vicario General, siguiendo el procedimiento y los plazos establecidos por el derecho vigente.