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La asociación Véritas celebra la confirmación de la condena a Criado y le achaca «abusos durante décadas»

La Asociación de Víctimas de Abusos Veritas, que busca cambiar el Código Penal para que los delitos de abusos y agresiones sexuales no prescriban, ha expresado su satisfacción por la confirmación de la pena de un año de cárcel impuesta al psiquiatra Javier Criado por la Audiencia de Sevilla. El psiquiatra fue condenado por un delito contra la integridad moral debido a su trato «inapropiado, soez y humillante» hacia una de sus pacientes.

La asociación considera que esta condena respalda a las numerosas víctimas que han sufrido los abusos de Criado durante décadas en su consulta. Aunque la sentencia no puede eliminar el horror experimentado ni las secuelas que muchas de ellas siguen padeciendo, contribuye a hacer justicia y a evitar que otras mujeres pasen por lo mismo. Veritas recuerda que el caso está prescrito para otras siete pacientes denunciantes y que hasta 24 mujeres querían testificar contra Criado.

La sentencia es vista como un rayo de esperanza y un motivo de admiración, respeto y gratitud hacia las mujeres que han superado numerosos obstáculos y dificultades, además de su propio dolor, para revelar la conducta de esta persona influyente en la ciudad. El fallo del Juzgado de lo Penal número nueve condenó a Criado a un año de prisión, prohibiéndole comunicarse o acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante dos años, y ordenándole pagar una indemnización de 5.000 euros a la misma.

Según la sentencia, la denunciante recibió un trato inapropiado, soez y humillante durante sus consultas con el acusado en enero y febrero de 2015. El psiquiatra no mostró ningún interés en su historial psiquiátrico y constantemente la insultaba e indagaba sobre su vida sexual. Los comentarios denigrantes incluían referencias a su salud mental, su afición al fútbol y su gusto por la Semana Santa.

Aunque no se ha demostrado que la víctima haya sufrido daño psíquico objetivable como resultado de la conducta del condenado, la juez señaló que los hechos y su contenido evidencian un daño moral innegable más allá de su constatación objetiva. La declaración testifical de la víctima fue considerada creíble y consistente, respaldada por corroboraciones periféricas objetivas.

Tanto la defensa del acusado como la acusación particular ejercida por la víctima apelaron la sentencia inicial condenatoria. La acusación particular buscaba una pena mayor, ya que la Fiscalía solicitaba dos años de prisión para Criado, argumentando que sometió a la denunciante a «humillaciones y acoso psicológico».

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