La Audiencia de Sevilla ha celebrado este jueves la última sesión del juicio con jurado popular promovido contra el hombre acusado de asesinar supuestamente a otro varón en febrero de 2022 en una zona de chabolas de la localidad aljarafeña de Camas y contra la pareja del primero, en este último caso por un presunto delito de omisión del deber de socorro.
Durante esta última sesión del juicio, la Fiscalía ha modificado sus calificaciones respecto al acusado del crimen, Francisco S.G., de casi 45 años de edad a día de hoy y para quien la Fiscalía reclamaba inicialmente 18 años de cárcel por un supuesto delito de asesinato y tres años más de prisión por un delito continuado de hurto; es decir 21 años y medio de prisión.
Durante su comparecencia, el acusado aseguraba que nunca tuvo intención de matar a José Luis M.M., aliás el Catalán; que antes del crimen, cometido la noche del 18 de febrero de 2022, habían tenido «20 o 30» peleas, que ambos consumían Trankimazin y que le agredió repetidamente con una barra de hierro después de que este le increpase, por supuesto temor a una agresión de mayor envergadura por parte del «Catalán»; en la zona de chabolas en la que ambos habitaban en la localidad aljarafeña de Camas.
LA FISCAL DESCARTA FINALMENTE ALEVOSÍA
Tras la celebración de las pruebas testificales y periciales, la representante del Ministerio Público ha rebajado su petición de prisión a 13 años por un delito de homicidio, pues finalmente ha descartado que la agresión incluyese alevosía; y otros dos años y medio de prisión adicionales por el delito continuado de hurto, con lo que en suma su solicitud de prisión para Francisco S.G. ha quedado reducida de 21 años y medio a 15 años y medio.
Según la fiscal del caso, el acusado dio una verdadera «paliza» al Catalán y aunque haya alegado que «intentaba defenderse y se le fue la mano», lo cierto es que le «resultó indiferente» el destino de su vecino.
En cuanto a la pareja de este varón y también acusada en el juicio, en su caso por un presunto delito de omisión del deber de socorro, Antonia G.G., la Fiscalía también ha reducido su petición de pena.
Según el escrito inicial de calificaciones provisionales de la Fiscalía, la acusada, que presenta un trastorno límite de personalidad, compatible con que sus capacidades cognitivas estuvieran ligeramente afectadas y moderadamente alteradas las capacidades volitivas, «pese a ser consciente de la gravedad de las lesiones que presentaba la víctima, del estado de desamparo en que se encontraba y pudiendo hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, en ningún momento le auxilió ni solicitó asistencia médica alguna, lo que hubiera evitado su muerte».
PODRÍA HABER SOBREVIVIDO DE HABER SIDO ASISTIDO
Y es que el Catalán, según la fiscal del caso, falleció sobre las 21,00 horas del día 22 de febrero de 2022, cuatro días después de la agresión, a causa de las lesiones sufridas, las cuales «eran susceptibles de tratamiento médico o quirúrgico, pudiendo haber evolucionado hacia la curación».
Durante el juicio, no obstante, Antonia G.G., quien protagonizaba una crisis al comparecer, sollozando y golpeándose en la cara, aseguraba que ella «estaba acostumbrada» a las peleas entre su entonces pareja y El Catalán, manifestando que a este último «le daba igual morirse». Especialmente, decía que tras cada refriega, era «normal» que José Luis M.M. desapareciese unos días y pasase ese tiempo en su chabola sin querer ser «molestado» por nadie.
MENOS MULTA
Tras las pruebas testificales y periciales celebradas en la vista, la fiscal del caso, que en principio reclamaba para ella una multa de 2.100 euros por un delito de omisión del deber de socorro, ha reducido su petición de pena a una multa de 1.260 euros.
Tras alegar la defensa de esta mujer que ella, por su estado mental, «no comprende» la diferencia entre el bien y el mal, la fiscal del caso ha insistido en que Antonia G.G. no tenía «ningún obstáculo» para cursar una simple llamada al 112 y solicitar ayuda para el Catalán, cuya grave situación conocía, según la representante del Ministerio Público.