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La Junta planifica «revisiones periódicas» para verificar que los menores no acceden a locales de juego y apuestas

La Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego de la Junta de Andalucía ha aprobado el Plan de Inspección del Juego y Apuestas para el ejercicio 2024-2026, que prevé, entre otras cuestiones, «revisiones periódicas en todos los locales de juego y apuestas, a efectos de verificar que en los mismos se controla e impide tanto el acceso de personas menores de edad», como «el acceso de personas incluidas e inscritas en el Registro de control e interdicciones de acceso a los establecimientos dedicados a la práctica del juego».

Así se desprende del Plan de Inspección del Juego y Apuestas que ha aprobado el Gobierno andaluz para el periodo de tiempo comprendido entre los años 2024 y 2026, consultado por Europa Press tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) a través de una resolución de la citada dirección general de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

Se trata de un plan con periodicidad trienal que la Junta considera que constituye «un instrumento altamente eficaz y adecuado para conseguir un buen conocimiento sobre el nivel de cumplimiento y observancia de las condiciones y requisitos que, dependiendo de cada subsector» de la materia de juego y apuestas, «le son aplicables por las disposiciones legales a tal efecto establecidas, así como para la persecución y erradicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la organización y práctica del posible juego clandestino».

Junto con el referido Plan de Inspección en materia de juego y apuestas para el periodo 2024-2026, la Junta también ha aprobado la campaña de vigilancia inspectora y policial sobre la legalidad en el desarrollo de esas actividades económicas, según se detalla en la resolución publicada en el BOJA, en la que se precisa que el citado plan se desarrollará «en todo el territorio» de la comunidad autónoma y afectará «a los juegos, apuestas y establecimientos de éstas» que para cada programa determine la Dirección General de Tributos «en coordinación con las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia, y de conformidad con el alcance y criterios que a tal efecto se especifican» en un anexo de esta resolución.

«La ejecución material de las funciones de inspección y de vigilancia policial se realizará por los miembros de la Inspección del Juego, funcionarios técnicos habilitados, y por los miembros de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscritos a la Comunidad Autónoma», según se especifica también en la resolución, que aclara que «la Administración podrá contar con la asistencia técnica de los laboratorios autorizados y especializados en el control de elementos de juego y apuestas».

Por su parte, «los titulares y responsables de establecimientos y actividades sujetas a inspección y control están obligados a permitir el acceso a las instalaciones a los técnicos de las entidades colaboradoras cuando actúen debidamente acreditados por la Administración competente para dichas inspecciones», según puntualiza también la Junta en su resolución publicada en el BOJA.

Igualmente, las Delegaciones del Gobierno andaluz deberán remitir a la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego «la relación de inspecciones y actuaciones de vigilancia realizadas, junto con la documentación que para cada tipo de inspección de determine, así como información acerca del resultado y actuaciones que de las mismas se hayan derivado de acuerdo con los procedimientos y sistemática que se establezca».

PROGRAMAS DEL PLAN

El Plan de Inspección aprobado para los años 2024-2026, incluido como anexo en la resolución publicada en el BOJA, consta de seis programas, del que el primero se centra en la «inspección del juego y funcionamiento de los establecimientos autorizados como salones de juego».

Con este programa «se comprobará la existencia en todos los salones de juego de una dependencia o espacio diferenciado destinado al control de acceso, situado a tal efecto en las zonas contiguas a las puertas del establecimiento», según se detalla en el plan, donde se avisa de que, si se detecta «dicho incumplimiento», se podrían «adoptar las medidas provisionales necesarias y la incoación de oficio del procedimiento de extinción de la autorización de funcionamiento».

Asimismo, en el marco de este programa se contempla la «inspección y vigilancia policial» para «verificar el cumplimiento del horario de apertura y de cierre de los salones de juego, mediante la inspección ‘in situ’ de estos establecimientos», o a través de «la monitorización en las máquinas instaladas de las partidas desarrolladas durante las últimas semanas; y de los sistemas de pago y cobro autorizados en los distintos modelos».

El segundo programa del plan es el relativo a la «vigilancia policial sobre el control de acceso en todos los establecimientos de juego y apuestas», y al respecto se contemplan «revisiones periódicas en todos los locales de juego y apuestas, a efectos de verificar que en los mismos se controla e impide tanto el acceso de personas menores de edad», como «el acceso de personas incluidas e inscritas en el Registro de control e interdicciones de acceso a los establecimientos dedicados a la práctica del juego».

De igual modo, «se comprobará que todos los establecimientos de juego disponen de personas encargadas del control de admisión y que éstas forman parte de la plantilla de la empresa titular de la autorización».

El plan de la Junta también contempla, en su tercer programa, la «inspección de modelos homologados de máquinas de juego sujetas al Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 250/2005, de 22 de noviembre», y con un cuarto programa prevé la «inspección policial de máquinas autorizadas en establecimientos de hostelería, salones de juego y en salas de bingo».

Mediante este cuarto programa «se revisarán 3.500 máquinas tipo B instaladas en los establecimientos de hostelería, salones de juego y en salas de bingo, con una distribución provincializada en proporción a parque de máquinas que representa cada provincia con respecto al total de Andalucía».

El quinto programa del plan es el de «vigilancia policial y control sobre las extinciones de autorizaciones de funcionamiento de salones de juego», para comprobar «el cumplimiento del cierre efectivo de la actividad del establecimiento como salón de juego cuando haya sido objeto de extinción la autorización de funcionamiento que los amparaba, motivada por impago de tasas fiscales, de procedimientos sancionadores o por cualesquiera otros de los motivos establecidos reglamentariamente».

Por último, el plan contempla un programa de «vigilancia policial para el control y erradicación del juego ilegal» que incluye actuaciones como la «intervención y denuncia de la organización, explotación, comercialización y venta de cupones o boletos no autorizados».

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