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La OCU recuerda que contratar las vacaciones a última hora no puede mermar los derechos del consumidor

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha enfatizado que la decisión de adquirir unas vacaciones de último momento «no debe resultar en una reducción de los derechos de los consumidores y usuarios».

En un comunicado reciente, la OCU ha destacado que, de acuerdo con las quejas recibidas, algunas plataformas que gestionan viajes multimodales y ofrecen ofertas de último minuto aprovechan las cláusulas en letra pequeña para introducir términos abusivos y, por lo tanto, inválidos.

Por lo tanto, la organización ha subrayado que las tarifas reducidas en estos casos «suelen conllevar la disminución de derechos» y ha recomendado a los usuarios que, antes de elegir una tarifa flexible, se aseguren de que sea compatible con todas las aerolíneas, de manera que permita cambios de fecha u horario del vuelo sin cargos adicionales.

La OCU también ha recordado que la descripción del paquete vacacional y la información proporcionada antes de la contratación deben coincidir «de manera precisa» con el servicio proporcionado.

Además, cualquier modificación o cancelación debe tramitarse a través de la plataforma en la que se haya realizado la contratación, ya que esta debe asumir la responsabilidad de la gestión. Al mismo tiempo, la OCU ha afirmado que el servicio de atención al cliente debe ser gratuito.

Igualmente, si la empresa anuncia una cancelación gratuita sin condiciones y el consumidor la utiliza, «no debe cobrarse ninguna cantidad por ningún motivo», según ha expresado la organización.

De manera similar, el derecho al reembolso debe gestionarse a través de la plataforma, y en el caso de los billetes de avión, la devolución debe realizarse en un plazo máximo de siete días laborables después de la cancelación.

En caso de que el consumidor haya experimentado algún problema durante su período de vacaciones a pesar de todas las precauciones, la OCU aconseja presentar una reclamación por escrito, acompañada de la documentación que respalde la queja.

Además, si la empresa está sujeta a arbitraje, el consumidor puede presentar una solicitud a la Junta Arbitral de Consumo o recurrir a los tribunales. De hecho, para reclamaciones de hasta 2.000 euros, no es necesario contar con un abogado ni un procurador, según la información proporcionada por la OCU.

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