La defensa de la actriz María León ha solicitado al Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla el sobreseimiento de la causa incoada en su contra, por agredir presuntamente a una agente de la Policía Local hispalense en el marco de un altercado acontecido en plena madrugada, extremo que ella niega asegurando haber sido «víctima de un abuso policial», toda vez que dicha instancia judicial ha archivado la denuncia de la actriz contra los agentes intervinientes en su identificación y arresto.
Como han avanzado fuentes judiciales, hace escasos días, la abogada, penalista y criminóloga experta en derechos humanos y prevención de violencias machistas Carla Vall, que representa a María León, ha formalizado un escrito ante el juzgado instructor en demanda del sobreseimiento de la causa, insistiendo en la premisa de que la actriz habría sido objeto de un caso de posible abuso policial.
Según tales fuentes, después de que el pasado 22 de febrero el juzgado acogiese las comparecencias de tres personas investigadas junto a María León en el citado altercado nocturno, acontecido la madrugada del 1 de octubre de 2022, la juez instructora solicitó a las partes personadas en la causa si con relación a tales tres investigados apostaban por promover nuevas diligencias o archivar las actuaciones contra ellos, tras lo cual la defensa de la actriz habría pedido el sobreseimiento de las actuaciones pero respecto a su patrocinada.
EL ATESTADO POLICIAL
Según un reciente auto del juzgado instructor, que ha sobreseído la denuncia de la actriz contra los agentes intervinientes en su identificación y arresto, «del atestado (policial) resulta que los agentes policiales inician su actuación al ver a un ciclista circulando por la vía publica portando una copa de cristal, logrando interceptarlo y solicitando coche de alcoholemia tras arrojar resultado positivo en alcohol en prueba de despistaje».
Según el atestado, desde un primer momento «la recurrente (María León), el resto de investigados y otras personas no identificadas, hasta sumar un grupo de 10 o 12, vociferan a los agentes y les increpan», como recoge el auto.
Según dicho documento, el atestado policial relata que «cuando el ciclista es llevado al furgón policial para realizar prueba de contraste alcohólico, la recurrente decide acercarse a la puerta trasera del furgón y graba el interior con su teléfono, siéndole llamada la atención por la Policía Local».
«La investigada se aleja para sustituirla un varón acercándose al furgón, varón alejado por un policía local». En este instante, según el atestado, «la investigada se dirige al policía diciéndole ‘tonto ¿tú qué eres, el sheriff?’, por lo que ante tal falta de respeto, el agente le pide el DNI para identificarla para sanción por infracción administrativa», señala el auto con relación al contenido del atestado, reflejando que según el mismo, María León habría llamado de nuevo «tonto» al agente y habría alegado no llevar consigo su DNI, «razón por la que se la retiene para trasladarla a Jefatura a fin de realizarse la identificación».
RETENCIÓN «AMPARADA» POR LA LEY
«Por tanto, la retención y conducción a Jefatura está amparada por el artículo 16.2 L.O. 4/2015 por cuanto la falta de respeto a un agente policial constituye infracción del artículo 37.4 de dicha Ley Orgánica», señala el juzgado, precisando eso sí que «la detención posterior» de la actriz deriva de «la imputada agresión lesiva de la recurrente» a una agente de la Policía Local, «por la cual la recurrente está investigada por un posible delito de atentado más delito leve de lesiones a dicha agente».
No obstante, la representación judicial de la actriz anunciaba recientemente la decisión de recurrir ante la Audiencia de Sevilla el sobreseimiento de su denuncia contra los agentes, extremo decidido por el juzgado instructor del asunto.