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Rivera pide ser apartado del juicio Elizana de los ERE dada su exculpación en el «procedimiento específico»

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha iniciado este lunes un juicio contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera y un empresario identificado como Pedro J.V., por presuntos delitos de prevaricación, malversación y falsedad con relación a los fondos autonómicos destinados a la sociedad Industrias Elizana, pieza separada de la macrocausa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos incentivados por la Junta de Andalucía.

Durante la fase de cuestiones previas de esta primera sesión del juicio, la abogada defensora de Rivera ha planteado la supuesta «nulidad» de las actuaciones dirigidas en esta causa contra su patrocinado, especialmente del auto de inclusión del mismo en esta pieza separada de la macrocausa de los ERE, extremo para el cual ha rememorado que en abril de 2017, la propia Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla le exculpó de la pieza de esta macrocausa correspondiente al mecanismo de financiación de los ERE fraudulentos y ayudas arbitrarias a empresas, es decir el conocido como «procedimiento específico».

Dado el caso, Rivera no figuró como acusado en el juicio celebrado por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla por el citado «procedimiento específico».

En ese sentido, su abogada defensora ha invocado el principio ‘non bis in idem’, que impide que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez, y el criterio marcado en ese sentido por la Sección Séptima de la Audiencia respecto a las piezas separadas de los ERE.

Al respecto, la abogada defensora ha lamentado que tras su exclusión de la pieza principal del «procedimiento específico», Daniel Alberto Rivera afronte su inculpación en unas «50 piezas» separadas correspondientes a las ayudas en cuestión financiadas con cargo a dicho mecanismo de financiación, con peticiones de pena de una media de «seis años» de cárcel, con lo que afronta en suma solicitudes de condena que suman unos «300 años» de prisión.

Ello, cuando Rivera fue el director general de Trabajo que «desveló» la situación y emprendió «la revisión» de los expedientes correspondientes a las mencionadas ayudas, «contribuyendo a la regularización del sistema»; y cuando el también exdirector de Trabajo de la Junta de Andalucía Juan Márquez ha sido condenado finamente a tres años de prisión después de ser juzgado en el juicio principal por el «procedimiento específico».

Así, la defensa de Rivera ha considerado que se ha incurrido en una «inclusión artificiosa» de Rivera en este procedimiento judicial, así como en una desigualdad de tratamiento.

La fiscal del caso, no obstante, ha considerado que se trata de cuestiones «ya resueltas» en resoluciones judiciales previas, asegurando que las mismas ya precisaban que pese a su exculpación de la pieza del «procedimiento específico», Rivera podía afrontar «posibles responsabilidades penales» por sus actuaciones desde el cargo de director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía con respecto a cada una de las ayudas autorizadas.

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